El pasado 18 de Noviembre, la compañera Alejandra Sayans, fue despedida, aludiendo la empresa un motivo disciplinario para proceder a la extinción de la relación laboral.
La historia de su periplo hasta llegar a la fecha critica de su despido comienza en Enero de 2021, cuando por “reestructuraciones” de la empresa es relevada de sus funciones como Arquitecta Técnica, en el departamento de Gestión Patrimonial, para ocupar un puesto de administrativo de balances contables; sin recibir ningún tipo de formación y sin ser de ninguna de las maneras su perfil profesional.
La compañera solicito en varias ocasiones su traslado a algún departamento de la empresa donde su formación y capacidades se adaptaran mejor a las necesidades de la empresa, siendo obviada por esta.
El motivo del silencio de la dirección de RRHH de la empresa, no es otro que el conocimiento pleno por parte de la misma de su filiación sindical, posiblemente también lo fue su adscripción al nuevo puesto, así como mostrar en más de una ocasión su descontento con la estrategia de relaciones laborales llevada por la empresa y cuyo detonante parte de la concentración en las dependencias de la empresa en la Avda. de San Luis en Marzo, donde una decena de trabajadores/as, incluida ella se concentraron en protesta con las actuaciones empresariales.
A partir de esta fecha y con tan solo dos meses de antigüedad en el nuevo puesto comienzan a recibirse mails de trabajo aludiendo fallos e incapacidad de desarrollar por parte del departamento los cometidos laborales, que en ningún caso es imputable a la compañera sino a las deficiencias de plantilla existentes en dicho Departamento.
Desde ese momento la empresa se dedicó a recopilar una serie de documentos vacíos de contenido y argumentos para intentar justificar el despido de la compañera, basando su salida de la empresa en extractos de correos electrónicos, en su mayoría en horarios fuera de la jornada laboral, vulnerando su derecho a la desconexión digital, con información sesgada, sin las contestaciones pertinentes por parte de Alejandra y por tanto jurídicamente falsos.
De ninguna manera es justificable un despido con pruebas falsas, en un departamento cuyos medios humanos son ínfimos, con horarios fuera de la jornada laboral establecida para intentar dar cumplimiento al cometido del Departamento, algo que si es imputable a la Dirección de la empresa y donde lo que se ve de trasfondo, ya que los argumentos empresariales no prueban absolutamente nada, es la decisión unilateral por parte de la empresa de prescindir de una trabajadora cualificada por el mero hecho de no “pasar por el aro”.
No pasar por el aro por dar cumplimiento a su jornada laboral, defender sus derechos sin perjuicio del cumplimiento de sus obligaciones, hacer uso de las garantías constitucionales de su derecho a la libertad de expresión, al derecho a manifestación, a la afiliación sindical y por supuesto a la salud ante jornadas maratonianas.
La deriva de Naturgy empieza a ser preocupante no solo a nivel de trabajadores y trabajadoras, sino también en cuanto a la obligación social como empresa de servicio público esencial; después del vaciado sistemático de la misma con desvinculaciones, amortizaciones de puestos de trabajo, y subrogaciones, siendo relevante y marcando un punto de inflexión la puesta en marcha de un brazo ejecutor muy peligroso, que hoy afecta a la compañera Alejandra, pero que si no se la da una respuesta acorde a la acción, conllevara una línea de acción que no solo repercutirá en el empleo, sino también a la sociedad con un detrimento en cuanto a la calidad y a la seguridad del servicio que una compañía con prestación de servicio público debe dar.
Debido a esto los sindicatos presentes en la empresa han convocado una concentración a las 10 horas de repulsa al despido de la compañera, y en apoyo a la misma para el día 14 de Diciembre en la sede social de Naturgy en la Avda. de América, 38.
Sindicato de Energía, Químicas y Minería de Madrid