Según dicha sentencia, la resolución administrativa aprobada por los políticos del Partido Popular y de Ciudadanos no motivaban que se debiera alcanzar el el 100% en uno de los servicios prestados y el 60% del otro, por lo que los anula al entenderlos no esenciales, siendo vulnerado el derecho a huelga y de la libertad sindical de estas teleoperadoras.
El TSJM, tras estimar la demanda de CGT, anula los Servicios Mínimos del SUMMA 112 impuestos en el Acuerdo de 6 de marzo de 2018, del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid. Dada la reiteración de sentencias anulando servicios mínimos decretados abusivamente la CGT estudiará si la reiteración en estas decisiones presenta características que permitan la tramitación de una querella que estudie la presenta existencia de un delito de prevaricación que CGT estudiará de manera inmediata.
CGT muestra su satisfacción con esta resolución judicial porque viene a reforzar las reivindicaciones de las mujeres trabajadoras.

























